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	<title>MaltratoAnimal Archivos - Voces en plural</title>
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		<title>La Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Voces en Plural]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Mar 2021 01:34:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[MaltratoAnimal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de 10 a cien días multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de &#8230; <a href="https://www.vocesenplural.com.mx/la-camara-de-diputados-aprobo-reformas-en-materia-de-delitos-contra-la-vida-e-integridad-de-los-animales/" class="more-link">Leer más</a></p>
<p>El cargo <a href="https://www.vocesenplural.com.mx/la-camara-de-diputados-aprobo-reformas-en-materia-de-delitos-contra-la-vida-e-integridad-de-los-animales/">La Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales</a> apareció primero en <a href="https://www.vocesenplural.com.mx">Voces en plural</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph"><strong>Al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de 10 a cien días multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La Cámara de Diputados aprobó este martes, por 444 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, reformas al Código Penal Federal, en materia de delitos contra la vida e integridad de los animales y establecer las sanciones correspondientes durante la sesión semipresencial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se establece que al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de 10 a cien días multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Señala que se impondrá pena de tres meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, a quien dolosamente cause sufrimiento a un animal vertebrado, sin que provoque la muerte inmediata, cause lesiones que pongan en peligro la vida de un animal vertebrado o le cause lesiones o marcas permanentes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las modificaciones, enviadas al Senado, son a la denominación del Título Vigésimo Quinto y se adiciona un Capítulo Segundo Bis, “Delitos contra la vida y la integridad de los animales”, que comprende los artículos 420 Bis 1, 420 Bis 2, 420 Bis 3, 420 Bis 4 y 420 Bis 5 a dicho Código.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También se indica que son excluyentes de responsabilidad de lo dispuesto anteriormente: la muerte o mutilación de un animal vertebrado resultado de actividades culturales o cualquier otra que sea lícita, que constituya plaga y la muerte o mutilación de un animal por causa justificada y cuidado de un especialista o persona debidamente autorizada y que cuente con conocimientos técnicos de la materia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, marcar o herrar animales vertebrados, cuando el objeto sea distinguir al ganado o el sacrificio de un animal vertebrado para consumo humano.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otro artículo establece que se impondrá pena de seis meses a dos años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor de la UMA vigente, a quien utilice a un animal vertebrado con fines sexuales. Se entenderá por utilización con fines sexuales a la práctica de actos de zoofilia con un animal y la venta, distribución, exhibición o difusión de imágenes, fotografías, videos o cualquier otro medio en que conste algún acto de zoofilia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se subraya que los delitos previstos en este capítulo se perseguirán por querella, salvo que se cometan por el propietario, custodio o poseedor del animal o que el animal carezca de propietario, custodio o poseedor, casos en que se perseguirán de oficio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Pilar Ortega Martínez (PAN), señaló que las conductas relativas al maltrato de animales se han incrementado considerablemente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Refirió que, según la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana de 2016 elaborado por el INEGI, en ese año la Semarnat recibió alrededor de 4 mil 200 quejas sobre animales que habían sufrido alguna especie de maltrato, de los cuales el 64 por ciento eran perros y el 18 por ciento gatos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, agregó, “es evidente que esta cifra es mucho mayor si se aborda desde un enfoque local y municipal, en donde desafortunadamente no hay cifras consistentes y homogéneas que nos permitan dimensionar el problema con certeza empírica”. Por ello, la importancia de proteger a los animales del maltrato y sufrimiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Explicó que el capítulo que se adiciona al Código Penal Federal contiene tres tipos penales, una disposición relativa a causales excluyentes de responsabilidad y una relativa al régimen de persecución de los delitos; todos ellos con el objetivo de proteger la vida y la integridad de los animales vertebrados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Detalló que las conductas que se propone sancionar son la privación de la vida, causar sufrimiento y lesiones que pongan en peligro su vida, entre otros. Precisó que la tipificación no pretende perseguir actividades económicas y culturales lícitas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con la reforma, dijo, se da un paso fundamental para construir una sociedad que recupere la conciencia del respeto de su entorno y de la conmiseración de otros seres vivos. “Proteger a los animales no es únicamente un acto de justicia, sino también un precedente que define la estatura moral del país que queremos”.</p>
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